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Fianza del alquiler en Baleares: dónde y cuándo depositarla
Resumen de la normativa que afecta a un propietario particular de vivienda en Baleares: fianza, zonas tensionadas, actualización de la renta y reducciones del IRPF.
- ¿Hay que depositar la fianza?
- Sí
- Organismo
- Instituto Balear de la Vivienda
- Plazo habitual
- 30 días desde la firma (verifica con el organismo)
- Fianza legal (LAU art. 36)
- 1 mensualidad en vivienda, 2 en uso distinto
- Zonas tensionadas
- En trámite
La fianza
En Baleares la fianza del arrendamiento se deposita ante Instituto Balear de la Vivienda. El importe legal es de una mensualidad de renta en vivienda y de dos en uso distinto de vivienda. Además puede pactarse una garantía adicional de hasta dos mensualidades (LAU art. 36).
Información y trámite en la web oficial.
Zonas de mercado residencial tensionado
Según nuestros datos hay procedimientos iniciados, pero sin zona declarada. Conviene revisarlo cada trimestre.
Actualización de la renta
- Vivienda con contrato posterior al 26 de mayo de 2023: el índice de referencia es el IRAV, publicado por el INE (Ley 12/2023).
- Vivienda con contrato anterior a esa fecha: se aplica lo pactado en el contrato, normalmente el IPC.
- Uso distinto de vivienda (local, oficina): se aplica lo pactado; el IGC es el índice habitual.
Si el contrato está en una zona tensionada, puede haber límites adicionales. Antes de actualizar, comprueba la regla que se aplica en tu caso.
Reducciones del IRPF por alquilar vivienda habitual
En territorio común, el arrendador de una vivienda habitual puede reducir el rendimiento neto positivo según el caso:
| Reducción | Cuándo |
|---|---|
| 90 % | Nuevo contrato del mismo arrendador sobre vivienda en zona tensionada con renta rebajada >5% respecto a la anterior |
| 70 % | Primer alquiler de vivienda en zona tensionada con inquilino de 18-35 años |
| 70 % | Vivienda protegida arrendada a la Administración pública o entidades sociales |
| 60 % | Rehabilitacion con coste >25% del valor de adquisicion o de mercado en los ultimos 2 anos |
| 50 % | Caso general: cualquier arrendamiento de vivienda habitual que no cumpla los requisitos anteriores |
Los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023 tienen un régimen transitorio propio.
Cada resultado indica la norma y la fecha de la que sale. Estamos preparando una beta cerrada.
Apuntarme a la lista de espera
Fuentes
- Ministerio de Vivienda: depósito de fianzas (contrastado el 8 de octubre de 2026)
- Ley de Arrendamientos Urbanos, art. 36 (BOE)
- Normativa de la comunidad, base de datos de Arrendio (verificada el 1 de julio de 2026)
Información orientativa, sin carácter de asesoramiento legal o fiscal. La normativa cambia: confirma plazos, organismos e importes con el organismo competente o con tu gestoría antes de actuar. Última revisión de esta página: 8 de octubre de 2026.