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Calculadora de fianza del alquiler por comunidad autónoma
Cuánto puede pedirse de fianza, dónde hay que depositarla y en qué plazo según tu comunidad. Gratis y sin registro: el cálculo se hace en tu navegador.
Lo básico de la fianza (LAU, art. 36)
- Es obligatoria: una mensualidad en vivienda y dos en uso distinto de vivienda.
- Se entrega en metálico. Si la comunidad exige depósito, el arrendador debe ingresarla en el organismo autonómico.
- El arrendador debe devolverla al terminar el contrato; si pasa un mes desde la entrega de llaves sin devolverla, devenga el interés legal.
- La fianza no se actualiza durante los primeros cinco años del contrato (siete si el arrendador es persona jurídica); después puede exigirse el ajuste.
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¿Y si esto lo hiciera tu programa solo, cada año, para todos tus inquilinos?
Arrendio calcula la subida, genera la comunicación y guarda la fuente de cada cálculo, en tu ordenador. Estamos preparando una beta cerrada.
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Fuentes
- Ministerio de Vivienda: depósito de fianzas (contrastado el 8 de octubre de 2026).
- Ley de Arrendamientos Urbanos, art. 36 (BOE).
- Normativa por comunidad de Arrendio.
Herramienta orientativa, sin carácter de asesoramiento legal. Organismos y plazos cambian: confírmalos con el organismo de tu comunidad antes de ingresar la fianza.